11. Registro de actividades del tratamiento - Protección Civil

 

BASE JURÍDICA

  • Ley 17/2015 de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección
  • Real Decreto 1378/1985, de 1 de agosto, sobre medidas provisionales para la actuación en situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
  • Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil
  • Orden PCI/488/2019, de 26 de abril, por la que se publica la Estrategia Nacional de Protección Civil, aprobada por el Consejo de Seguridad Nacional.
  • Resolución de 16 de diciembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el Plan Estatal General de Emergencias de Protección Civil.
  • Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, modificada por Ley 2/2019, de 14 de febrero,
  • Decreto 130/2003, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León (PLANCAL)
  • Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales.
  • Resolución de 31 de octubre de 2014, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de octubre de 2014, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales

 

FINES DEL TRATAMIENTO

  • Gestión de datos de voluntarios integrantes de protección civil, gestión de los partes de siniestro.

 

COLECTIVO

  • Voluntarios, miembros, involucrados en siniestro.

 

PROCEDENCIA

  • El propio interesado o su representante legal.

 

CATEGORÍA DE DATOS

  • Nombre y apellidos, D.N.l./ N.l.F. dirección, teléfono, e-mail, características personales, académicos y profesionales.
  • Cualquier otro dato de carácter personal que aparezca en el parte de siniestro, incluidos datos especialmente protegidos (salud, etc.)

 

CATEGORÍA DE DESTINATARIOS

  • Otros órganos de la administración del Estado

 

TRANSFERENCIA INTERNACIONAL DE DATOS

  • No están previstas transferencias internacionales de los datos.

 

PLAZO DE SUPRESIÓN

  • Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.

 

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de protección de datos y seguridad de la información de la Diputación de Salamanca.

 

(Actualizado a 15/05/2026)